Derecho
a recibir Educación Afectiva y Sexual en la familia y formación en los centros,
colaborando familias y centros para que, por un lado, puedan aprender a
defenderse de posibles abusos y a pedir ayuda cuando la necesiten y, por otro,
puedan conocer su cuerpo, sus emociones, sentimientos y afectos, aprendiendo a
relacionarse con los-las demás de forma adecuada.
Derecho
a la integridad y propiedad de su cuerpo, de forma que nadie los/las
instrumentalice.
Derecho
a tener la vida sexual y afectiva que deseen y sea posible, según sus
características personales, con la ayuda de la familia o tutores legales y de
los profesionales.
Las
personas “con discapacidad” tienen derecho a una vida afectiva y sexual plena,
saludable y satisfactoria. Esto es un aspecto fundamental para su bienestar y
calidad de vida.
Simplemente
porque… (eliminemos la frase entre comillas): Las personas tienen derecho a una
vida afectiva y sexual plena, saludable y satisfactoria. Esto es un aspecto
fundamental para su bienestar y calidad de vida.
la
relación entre el amor y la discapacidad nos proporciona muchas enseñanzas,
pues favorece que aquellas personas que no poseen estas limitaciones de discapacidad,
es decir quienes tienen su vida más ordenada, sepan y puedan valorar mejor
lo que es en realidad "mas importante", considerando entonces la
verdadera esencia de la vida por encima de cualquier conflicto que pueda
generarse entre el amor y la detentaciòn de una discapacidad.
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